En la instrucción 8ª del reglamento de uso del Centro de Formación Feminista de Baeza se excluye a partidos políticos, sociedades mercantiles de ámbito privado, personas físicas y asociaciones o fundaciones que no se encuentren formal y legalmente constituidas de la posibilidad de utilizar el Centro
El Área Provincial de la Mujer de IU ha presentado a través de su parlamentario provincial, Juan Serrano, una pregunta en el Parlamento andaluz acerca de la reglamentación para el uso del Centro Carmen de Burgos de Baeza, que IU considera por una parte, discriminatoria, puesto que excluye a las mujeres que se organizan en partidos políticos con respecto a las que lo hacen en asociaciones, y por otra parte, injusta, puesto que el uso que del Centro realizan las distintas administraciones conlleva una inevitable carga política y partidista significada en la persona que ostenta en cada legislatura, y según el legítimo juego democrático, la representación institucional y administrativa. Por ello, es bastante habitual ver a políticas expresándose públicamente desde las instalaciones del Centro, y se hace doblemente chocante la prohibición del uso de sus instalaciones a los partidos políticos.
Asimismo, las mujeres de IU juzgamos que se le hace un flaco favor a la democracia equiparando a los partidos políticos con las sociedades mercantiles o las asociaciones que no están legal y formalmente constituidas. Ello va contra los propios principios del Carmen de Burgos, declarados en la página web del IAM, donde se recoge que “la formación impartida en el Centro Carmen de Burgos abarca desde la teoría feminista a la práctica política o el empoderamiento y liderazgo de mujeres”. De la misma manera que atenta contra el artículo 6º de la Constitución Española y el artículo 30 del Estatuto de Andalucía, que establecen la legitimidad de los partidos políticos como instrumentos de participación ciudadana
No hay comentarios:
Publicar un comentario